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Noticias póker: Nuevos cambios en la normativa Española del juego

Noticias póker: Nuevos cambios en la normativa Española del juego

Buenas noticias póker que nos llegan desde el Boletín Oficial del Estado Español (BOE) de la nueva resolución aprobada para el ejercicio de las actividades de juego por parte de los operadores respecto de los usuarios que jueguen en sus salas, en las que por fin recalcan qué prodecimientos se deben llevar por parte de los operadores para facilitar toda la información fiscal relevante al usuario para que pueda declarar su actividad en la declaración anual de la renta.

Son numeroso los problemas que nos estaban llegando de jugadores Españoles, que por desconocimiento de la norma o por una mala gestión de la Hacienda Española, estaban teniendo problemas en sus declaraciones de renta, con inspecciones, multas o rechazo de documentos que no aceptaban los funcionarios encargados de tramitar dichas declaraciones. Y es que por parte de la Hacienda Española, no había un criterio unificado ni había una Ley clara y concisa que dijera qué documentos eran validos para aportar como justificantes de juego ni había una obligación expresa para los operadores de juego de aportar dichos datos que si exigían la Hacienda Española.

Este caos de leyes ha creado un sin fin de problemas entre muchos jugadores españoles que ni sabían como ni de qué manera podían declarar sus ganancias o pérdidas en sus respectivas declaraciones de renta.

 Noticias póker – La DGOJ regula de nuevo

Más de tres años después de que lanzará, la Dirección General de la Ordenación del Juego (DGOJ) la ley del juego en España, ha lanzado una nueva normativa con directrices claras para los operadores, en las que se les presentan unas obligaciones claras y concisas de como deben gestionar la información de las cuentas de los usuarios registrados en sus salas y qué documentación deben aportar obligatoriamente a dichos usuarios para que estos puedan procesar correctamente sus obligaciones fiscales con el Gobierno de España.

Estas directrices vienen publicadas en el BOE del viernes 10 de octubre del 2014, número 246, página 3437.

Noticias póker – Las tres disposiciones claves

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas presenta tres disposiciones generales en cuanto a la regulación del juego en España:

  • Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba la disposición por la que se desarrollan las especificaciones técnicas de juego, trazabilidad y seguridad que deben cumplir los sistemas técnicos de juego de carácter no reservado objeto de licencias otorgadas al amparo de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
  • Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba la disposición que establece el modelo y contenido del informe de certificación definitiva de los sistemas técnicos de los operadores de juego y se desarrolla el procedimiento de gestión de cambios.
  • Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueban las disposiciones por las que se establecen los modelos de informes preliminares de las certificaciones de los proyectos técnicos y el modelo de informe de certificación de sistema de control interno, presentados por los solicitantes de licencias generales y singulares para la explotación y comercialización de juegos.
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Noticias póker – Cambios para la declaración de la renta

Esta nueva normativa, deja bien clara la normativa a seguir a partir de ahora para que los operadores pongan a disposición del usuario toda la información relativa a los movimientos que se han realizado en su cuenta de juego, para poder así tener todos los datos anuales y que estos puedan aportar sus movimientos y saldo para una posible declaración de la renta.

En esta resolución  se aprueba la disposición por la que se desarrollan las especificaciones técnicas de juego, trazabilidad y seguridad que deben cumplir los sistemas técnicos de juego, entre ellas están los siguientes puntos:

  • 2. Registro de usuario, cuenta de juego, medios de pago.
  • 2.1 Registro de usuario y limitación en la participación.
  • 2.2 Cuenta de juego y depósitos de los participantes.
  • 2.4 Protección de datos personales.
  • 2.2 Cuenta de juego y depósitos de los participantes.

Noticias póker – Los cambios más importantes

De estos puntos que exponemos en noticias póker, lo que podemos destacar que más afecta positivamente a los jugadores a partir de ahora es:

  • En la cuenta de juego se reflejarán todas las transacciones que supongan una alteración del saldo del participante, tales como los depósitos realizados por el participante, los cargos por el importe de la participación en los juegos y por los servicios adicionales que pudiera prestar el operador, los abonos por los bonos ofrecidos por el operador y los premios obtenidos por el participante.
  • El participante dispondrá en tiempo real del saldo de la cuenta de juego y del registro de todas las participaciones o jugadas efectuadas, al menos, en los últimos treinta días.
    El participante, podrá consultar en tiempo real un resumen, al menos por año natural, de los movimientos en su cuenta de juego que incluya: el saldo inicial, la suma de los depósitos realizados, la suma de las retiradas realizadas, la suma de los cargos por el importe de la participación en los juegos y por los servicios adicionales que pudiera prestar el operador, la suma de los abonos por los eventuales bonos aceptados por el participante y por los premios obtenidos, y el saldo final.
  • El sistema estará diseñado para poder emitir en tiempo real y previa solicitud del participante un documento que incluya la información descrita en el párrafo anterior y en el que consten los datos de identificación del operador y del participante. El operador dispondrá de un procedimiento que permita a aquellos usuarios que no dispongan de cuenta de juego activa en el operador en el momento de la consulta, obtener dicha información a través de los canales de atención a los usuarios del operador. Ante esta solicitud del participante, una vez realizadas las comprobaciones de identidad necesarias, el operador deberá poner a disposición del usuario el documento solicitado en el plazo máximo de diez días.
  • El operador deberá conservar o estar en disposición de obtener el apunte detallado de cada operación de depósito o retirada junto con toda la información asociada a cada operación, independientemente de que utilice medios propios o de terceros.

Noticias póker – Conclusiones

Para los menos profanos con los temas de Leyes y fiscales, las conclusiones que podemos sacar de dicho documento que desgranamos en noticias póker es que a partir de ahora las salas tienen unas obligaciones claras de como deben mostrar el saldo y los movimientos que sus usuarios hagan en sus salas, deberán mostrar en todo momento el balance de su actividad en dicha sala y esta información deberá estar a su disposición en tiempo real para que pueda ser consultada, lo que facilita enormemente el trámite para poder recaudar todos sus datos y poder realizar sus tramites fiscales sin trabas y sin tardanza.

Así mismo, estas resoluciones establecen que los retiros de saldo por parte de los jugadores a las salas de las que sean clientes, deberán estar resueltos en un plazo máximo de 24 horas.

 

Más vale tarde que nunca, por fin poco a poco se va realizando una regulación clara y justa con los jugadores, alejandose del desamparo reinante que hasta ahora habían reinado ciertas cuestiones regulatorias en diversas cuestiones fiscales y de declaraciones de la renta, todas las noticias póker referentes a más cambios que afecten a los jugadores, os las seguiremos mostrando en Maestros del Póker.

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